Sábado 19 de septiembre de 2026
La OMIC 9 de Julio informó sobre la normativa del Central que permite a bancos y billeteras virtuales debitar cuotas de créditos.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) difundió información clave sobre la implementación del nuevo sistema de Cobro con Transferencia (CCT) regulado por la Comunicación “A” 8406 del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Esta medida habilita a las entidades financieras y billeteras virtuales a cobrar las cuotas de préstamos de manera automática y mediante transferencias inmediatas.
Para garantizar la protección de los usuarios, el nuevo esquema establece pautas y derechos específicos que las entidades deben respetar:
Autorización obligatoria: El débito solo puede realizarse con tu consentimiento previo, el cual podés dar de baja en cualquier momento.
Límite de ingresos: Se aplica únicamente a cuotas fijas e iguales pactadas al momento de otorgar el crédito, y el monto mensual no puede superar el 30% de tus ingresos registrados.
Notificación previa: La entidad debe avisarte por medios digitales el día hábil anterior a la fecha de cobro.
Reintentos de cobro: Si la cuenta no cuenta con saldo el día del vencimiento, el sistema reintentará el cobro automáticamente a las 48 y 96 horas.
Desde la OMIC recomiendan controlar periódicamente las deudas en pago, verificar los montos debitados y las cuentas asociadas. Ante cualquier duda o inconveniente, los vecinos pueden acercarse a la oficina ubicada en Libertad 934, de lunes a viernes de 7:00 a 13:00 hs, comunicarse al teléfono 2317 610000 (interno 160) o enviar un correo a [email protected].