Las modificaciones fueron oficializadas este martes, a través de la Resolución General 5637/2025 publicada en Boletín Oficial, que plantea que la recategorización podrá realizarse entre el 15 de enero y el 5 de febrero, mediante un sistema simplificado que estará disponible en la web y la aplicación oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿Cómo hacer la recategorización del monotributo?
Para cumplir con este trámite, los contribuyentes deberán realizar la recategorización antes del 5 de febrero. El sistema simplificado habilitado permite a los usuarios completar el procedimiento de manera online, asegurando una gestión más accesible y eficiente.
Para eso, deben seguir los siguientes pasos:
*Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
*Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
*Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.
*Finalmente, imprimir la nueva credencial.


